http://www.diarioinformacion.com/benidorm/2011/03/28/derecho-tratado-respeto/1109584.html
Derecho a ser tratado con respeto
El Síndic insta al Ayuntamiento de Relleu a tratar con deferencia a sus ciudadanos. El defensor del pueblo de la Comunidad Valenciana recuerda el artículo de la ley que atañe a las formas en que la Administración local debe tener con los ciudadanos ante la respuesta dada por ésta al Consell sobre una denuncia urbanística.
RAQUEL LÓPEZ El Síndic de Greuges ha remitido una nueva sugerencia al Ayuntamiento de Relleu en el conflicto que mantiene éste con un vecino sobre una cuestión urbanística. En esta ocasión, sin embargo, no es para aconsejar que facilite la información que le demanda el vecino, sino que pasa directamente a aconsejarle que "extreme al máximo el cumplimiento de los deberes de respeto y deferencia que deben presidir sus relaciones con los administrados", es decir, con los vecinos.
El defensor del pueblo de la Comunidad Valenciana, dictó tal resolución en febrero. Así, tardó ocho meses en dar respuesta a la petición de auxilio que el denunciante presentó el 10 de junio de 2010 contra el Ayuntamiento. En la misma, el síndico recuerda al Consistorio de Relleu el articulo 35 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas, que reconoce "el derecho de los interesados a ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones".
El conflicto alude a la queja presentada por un particular ante la respuesta dada por el alcalde y el arquitecto municipal de Relleu a una denuncia presentada por éste ante la Consellería de Medio Ambiente, Agua y Urbanismo, sobre la presunta usurpación de un terreno por un familiar del concejal de Urbanismo del municipio. En dicha respuesta, el Ayuntamiento juzgaba y calificaba la denuncia de "falsa e intencionada", en vez de limitarse a facilitar los informes pertinentes, lo que para el vecino supuso una vulneración de sus derechos a recibir un trato respetuoso. Tras analizar el caso, el Síndic consideró que en efecto "los adjetivos empleados en el informe municipal pueden conducir a una lesión del respeto, si se tiene en cuenta que el contenido de la idea que se pretendía transmitir, la inexactitud de la afirmación realizada por el interesado sobre la pasividad municipal en el tema de fondo, podía haberse alcanzado del mismo modo mediante el uso de otros giros lingüísticos de carácter más neutro".
En marzo de 2010 el Síndic emitió la primera recomendación contra este Ayuntamiento promovida por el mismo vecino, recomendando al Consistorio resolver solicitudes y reclamaciones y empezar una investigación, que determinase la titularidad de un azagador. El mismo, según varios vecinos, ha sido invadido por el familiar del edil de Urbanismo. Y según éste último, tal azagador nunca ha existido. "No hay ningún archivo público que diga que hay una vía pecuaria", recordó ayer.
Ref:Noticies:
110328-Información.es-Derecho a ser tratado con respeto
http://relleudenuncia.blogspot.com/2011/03/110328-informaciones-derecho-ser.html
110117-ElPaís-El alcalde de Relleu legaliza su chalé construido como caseta de aperos
http://relleudenuncia.blogspot.com/2011/01/110117-el-alcalde-de-relleu-legaliza-su.html
100817-ElPaís-El alcalde de Relleu, del PP, veranea en un chalé ilegal en suelo rústico
http://relleudenuncia.blogspot.com/2010/08/el-alcalde-de-relleu-del-pp-veranea-en.html
100503-ElPaís.com-Chalé ilegal del concejal de urbanismo en Relleu
http://relleudenuncia.blogspot.com/2010/05/artur-balaguer-benidorm-03052010-el.html
100301-SindiGreusComunitatValenciana-Queja092834-Relleu
http://relleudenuncia.blogspot.com/2001/03/100301-sindigreuscomunitatvalenciana.html
110221-SindicGreusgesComunitatValenciana-Queixa07248-Relleu
http://relleudenuncia.blogspot.com/2011/02/110212-sindicgreusgescomunitatvalencian.html
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