PRENSA DESDE EL 03-05-2010 hasta 28-03-2011
110328-Informacion.es-Derecho a ser Tratado con Respeto
Derecho a ser tratado con respeto
El Síndic insta al Ayuntamiento de Relleu a tratar con deferencia a sus ciudadanos. El defensor del pueblo de la Comunidad Valenciana recuerda el artículo de la ley que atañe a las formas en que la Administración local debe tener con los ciudadanos ante la respuesta dada por ésta al Consell sobre una denuncia urbanística.
RAQUEL LÓPEZ
El Síndic de Greuges ha remitido una nueva sugerencia al Ayuntamiento de Relleu en el conflicto que mantiene éste con un vecino sobre una cuestión urbanística. En esta ocasión, sin embargo, no es para aconsejar que facilite la información que le demanda el vecino, sino que pasa directamente a aconsejarle que "extreme al máximo el cumplimiento de los deberes de respeto y deferencia que deben presidir sus relaciones con los administrados", es decir, con los vecinos.
El defensor del pueblo de la Comunidad Valenciana, dictó tal resolución en febrero. Así, tardó ocho meses en dar respuesta a la petición de auxilio que el denunciante presentó el 10 de junio de 2010 contra el Ayuntamiento. En la misma, el síndico recuerda al Consistorio de Relleu el articulo 35 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas, que reconoce "el derecho de los interesados a ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones".
El conflicto alude a la queja presentada por un particular ante la respuesta dada por el alcalde y el arquitecto municipal de Relleu a una denuncia presentada por éste ante la Consellería de Medio Ambiente, Agua y Urbanismo, sobre la presunta usurpación de un terreno por un familiar del concejal de Urbanismo del municipio. En dicha respuesta, el Ayuntamiento juzgaba y calificaba la denuncia de "falsa e intencionada", en vez de limitarse a facilitar los informes pertinentes, lo que para el vecino supuso una vulneración de sus derechos a recibir un trato respetuoso. Tras analizar el caso, el Síndic consideró que en efecto "los adjetivos empleados en el informe municipal pueden conducir a una lesión del respeto, si se tiene en cuenta que el contenido de la idea que se pretendía transmitir, la inexactitud de la afirmación realizada por el interesado sobre la pasividad municipal en el tema de fondo, podía haberse alcanzado del mismo modo mediante el uso de otros giros lingüísticos de carácter más neutro".
En marzo de 2010 el Síndic emitió la primera recomendación contra este Ayuntamiento promovida por el mismo vecino, recomendando al Consistorio resolver solicitudes y reclamaciones y empezar una investigación, que determinase la titularidad de un azagador. El mismo, según varios vecinos, ha sido invadido por el familiar del edil de Urbanismo. Y según éste último, tal azagador nunca ha existido. "No hay ningún archivo público que diga que hay una vía pecuaria", recordó ayer.
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110328-Información.es-Derecho a ser tratado con respeto
110117-ElPaís-El alcalde de Relleu legaliza su chalé construido como caseta de aperos
100817-ElPaís-El alcalde de Relleu, del PP, veranea en un chalé ilegal en suelo rústico
100503-ElPaís.com-Chalé ilegal del concejal de urbanismo en Relleu
110312-RELLEU-NEWS-FORMULARIO-SOLICITUD-EXPEDIENTE-LEGALIZACION-CASA-APERO-ALCALDE DE RELLEU-NOTICIA DEL PAÍS.COM DEL 17/01/2011
110312-RELLEU-NEWS-nos envia el formulario para solicitar al alcalde de Relleu , solicitando copia del expediente de legalizaciónde caseta de aperos como vivienda , que hasta ese momento era ilegal ,por lo que a partir de ahora quien tenga una casa de aperos y la quiere legalizar como vivienda , tiene un conducto para formalizar dicha legalización , aplicando la ley de igualdad , si tu puedes , yo también.
Fuente:Notícia de prensa El País.com del 17/08/2010 y 17/01/2011.
100817-ElPaís-El alcalde de Relleu, del PP, veranea en un chalé ilegal en suelo rústico
110117-ElPaís-El alcalde de Relleu legaliza su chalé construido como caseta de aperos
12/03/2011-opinon Relleu News |
AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DERELLEU-ALICANTE
D. / Dª ……………………………………………………………………………………………………………………….
Con D.N.I. nº …………………….. y a efectos de notificación con domicilio en ………………
………………………………………………………………………………………………………………………………..…..
Población……………………………………………Codigopostal…………………..……Provincia Alicante
EXPONGO :
Que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno delAyuntamiento de Relleu de fecha 4 de Junio de 2010, se concedió licencia de obra para la legalización de caseta de aperos como vivienda, en la parcela 36 del polígono 4 del Catastro de rústica de Relleu .
Y haciendo uso de los derechos conferidos por la Constitución y las Leyes a todos los ciudadanos
RUEGO:
Se me facilite copia del Expediente de Legalización por el que se concedió la licencia de obra para la legalización de caseta de aperos como vivienda, en la parcela 36 del polígono 4 del Catastro de rústica de Relleu.
En RELLEU a de de 2011.
Firmado :
Copia y pega en una hoja word o en el email.
Nota1:Presentarlo en el ayuntamiento de Relleu con doble copia , uno para el alcalde y el otro para guardartelo, en el caso de que quieran contestarte lo podrian hacer en menos de una semana , y en el caso de que se lo esten pensando, tardarán maximo tres meses.
Nota2:Otra forma de presentarlo sin desplazarse al ayuntamiento es por fax al :
Fax: 966856227-nºTeléfono: 966856041
Nota3:Tambien lo puedes enviar por email , pero si es asite agradeceríamos que al mismo momento que se lo enviesal email del ayuntamiento , nos lo envies a nuestrto emailrelleupoble@gmail.com,para tener constancia de tu petición y poder hacer un seguimiento.
Correo electrónico: ayuntamiento@relleu.org
Lunes a viernes de 9 a 14 horas
Seguiremos informando cuando se produzca nuevas notícias.
Ref:Noticies:
110117-ElPaís-El alcalde de Relleu legaliza su chalé construido como caseta de aperos
100817-ElPaís-El alcalde de Relleu, del PP, veranea en un chalé ilegal en suelo rústico
100503-ElPaís.com-Chalé ilegal del concejal de urbanismo en Relleu
EL PAÍS edicion impresa Comunidad VALENCIANA
ARTUR BALAGUER - Benidorm - 17/01/2011
El alcalde de Relleu, Santiago Cantó, del PP, ha dado apariencia de legalidad al chalé ilegal en el que vive, levantado con una licencia para casa de aperos, una casa llamada La Vinya construida sobre una propiedad de suelo rústico que no alcanza la superficie mínima legal de 10.000 metros cuadrados. El chalé del alcalde se construyó sobre una parcela de 8.918 metros de almendros, olivos y agrios si se consulta el catastro o de 2.402 metros de regadío según el Registro de la Propiedad. En todo, caso, de forma ilegal. Y la vivienda ni siquiera aparece en la ficha registral de la parcela, es decir, no existe.
La Junta de Gobierno Local de Relleu, formada por el mismo Cantó y los concejales Elisa Lloréns y José Luis Sellés, aprobó el 4 de junio de 2010 concederle una "licencia de obra para la legalización de caseta de aperos como vivienda". La solicitud fue presentada el 19 de mayo, solo dos semanas después de que EL PAÍS publicara que el concejal de Urbanismo, Antonio García Doménech, vivía en un chalé con piscina que también se construyó con licencia para casa aperos.
La particular forma de entender el urbanismo del alcalde de Relleu le llevó a adjudicar un contrato para la "elaboración de la información para el planeamiento y la definición del modelo territorial del PGOU de Relleu" a una empresa del mismo arquitecto municipal, Juan Carlos Oliva Bielsa.
Mas Información: EL PAÍS .COM
-17/01/2011-El alcalde de Relleu legaliza su chalé construido como caseta de aperos 1995-2011.
/Comunidad/Valenciana/alcalde/
-17/08/2010-ElPaís.com-El alcalde de Relleu, del PP , veranea en un chalé ilegal en suelo rústico 1995-2011.
http://www.elpais.com/articulo/Comunidad/Valenciana/alcalde/Relleu/PP/veranea/chale/ilegal/suelo/rus
tico/elpepuespval/20100817elpv
-03/05/2010-ElPaís.com-Chale ilegal del concejal de urbanismo en Relleu 2007-2011.
- Ref:Noticies:110117-ElPaís-El alcalde de Relleu legaliza su chalé construido como caseta de aperos100817-ElPaís-El alcalde de Relleu, del PP, veranea en un chalé ilegal en suelo rústico100503-ElPaís.com-Chalé ilegal del concejal de urbanismo en Relleu
100817-ElPaís-El alcalde de Relleu, del PP, veranea en un chalé ilegal en suelo rústico
100817-El Alcalde de Relleu,del PP ,
veranea en un chalé ilegal en suelo rústico
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Por: ARTUR BALABUER-Bemidorm-17/08/2010.
Una de tantas viviendas construidas ilegalmente diseminadas por el término municipal de Relleu, en Alicante, está habitada por el alcalde de la localidad, Vicente Cantó, del PP. Esta residencia, de poco más de 70 metros cuadrados, denominada La Vinya, está todavía a nombre de Santiago Cantó, el padre del regidor.Vicente Cantó ejerce como alcalde desde 1995. Hasta entonces había sido taxista en Alicante, donde tiene fijada su residencia habitual.
Aunque hay diferencias entre la superficie de la parcela donde se ubica el chalé, según se consulte el Catastro o el Registro de la Propiedad, en ningún caso se acerca a los 10.000 metros de parcela mínima que exige la legislación para poder construir en suelo rústico no urbanizable. El Catastro le otorga una dimensión de 8.918 metros cuadrados de almendros, olivos y agrios, mientras que el registro ubica el chalé en una parcela de 2.402 metros de regadío "con derecho a los sobrantes de las aguas del riego mayor cuando le toquen en el turno, y por lo mismo el riego eventual", sin que ni siquiera conste como registrada la construcción que Cantó ocupa como vivienda. Es decir, el chalé ni existe como propiedad.
Vicente Cantó se negó a hacer declaraciones; ni confirmó ni desmintió que el chalé estuviera dentro de la legalidad y amenazó con acciones judiciales si se publicaba la información de la que fue advertido. Fuentes del Consistorio confirmaron que hace casi 10 años, cuando Cantó ya era alcalde, el padre del regidor obtuvo una licencia para construir una casa de aperos que ha acabado convirtiéndose en una residencia veraniega.
No es el primer caso en que un miembro del gobierno relleuense habita una construcción fuera de la ley. Este periódico ya publicó que el actual concejal de Urbanismo de Relleu,Antonio García Doménech, utiliza como residencia desde principios de 2007 otro chalé de 150 metros cuadrados de superficie con piscina, construido ilegalmente en una parcela de suelo rústico que es propiedad de su suegro, Vicente Brotons Sirvent, que fue levantado también con una licencia para casa de aperos. En este caso, la vivienda estaba en un terreno de 15.474 metros, pero ya tenía una construcción de 452 datada en 1900 que agotaba la superficie edificable (que es el 2% de la parcela), lo que impedía que hubiera podido concedérsele la licencia de obras que obtuvo. El portavoz del Grupo Socialista de Relleu, Antonio Fuster, intentó preguntar en el último pleno por la vivienda del concejal de Urbanismo, pero el alcalde se negó a responder públicamente sobre el asunto. Se refirió a los hechos como contados por "radio macuto".
Los socialistas ya denunciaron en su día que el suegro del alcalde tenía cuatro hectáreas en uno de los sectores que pretende reclasificar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del municipio y que el marido de la primera teniente de alcalde,Elisa Lloréns Font, había comprado suelo durante su redacción. También recordaron que el plan se aprobó sin justificar la existencia de recursos hídricos por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar y que empresas del sector inmobiliario que habían comprado miles de metros cuadrados antes de tramitarse el PGOU firmaron convenios con el Consistorio para que se incluyera ese terreno en la redacción del plan como suelo urbanizable. La mayoría de estos promotores tenían vinculaciones con dirigentes o técnicos municipales de diferentes municipios populares de la comarca, sobre todo de Benidorm. Y el alcalde presumió de que la redacción del nuevo plan iba a ser financiado por estas empresas.
El nuevo PGOU contempla la reclasificación de tres millones de metros cuadrados en cinco sectores, cuatro de ellos alejados del casco urbano, que suman casi 600.000 metros de techo residencial y hotelero, es decir, viviendas para casi 20.000 habitantes, lo que multiplicaria por 15 la población del pueblo.
Pag Web El País.com
-17/08/2010-Chalé Ilegal Alcalde de Relleu 2010
-03/05/2010-Chalé Ilegal Concejal Urbanismo de Relleu 2010
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100503-ElPaís.com-Chalé ilegal del concejal de urbanismo en Relleu
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Fig2
FotoNoticia(Fig1 i Fig2 enviada por email el 24/05/2010 por : noticias.relleunews@gmail.com a este Blog
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El edil de Urbanismo de Relleu vive en un chalé ilegal
La edificación de la vivienda ocupa un camino de ovejas y cabras
La vivienda unifamiliar es propiedad de su suegro - El consistorio modificó el catastro para intentar legalizar el chalé.
García accedió al cargo de concejal en las elecciones de 2007 y en fecha de 20 de abril de 2009 el Ayuntamiento le notificó al familiar del regidor la necesidad de legalizar la vivienda ejecutada por no ajustarse a la licencia de obras concedida. Relleu, ubicada en La Marina Baixa, tiene 1.262 habitantes, según el último censo.El Ayuntamiento de Relleu sólo actuó tras la denuncia de un particular presentada el 25 de febrero de 2009 ante la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. El 1 de junio de 2009 el propietario presentó el proyecto de legalización redactado por un arquitecto y visado por el colegio profesional, que fue informado favorablemente por los servicios técnicos municipales, a cargo del regidor. Se inició así el procedimiento administrativo de legalización que aún está pendiente de resolución final.
El chalé dispone del servicio de luz y agua potable, gestionado por el Ayuntamiento, pero el gobierno local, del PP, no ha procedido al corte de ambos suministros tras detectar la ilegalidad. Los suministros sólo pueden restablecerse cuando se haya procedido, en su caso, a la legalización de las obras, según establece el régimen sancionador de la Ley Urbanística Valenciana (LUV).
"Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (...)". Art. 1 de la Declaración Universal de los DD HH
"Tots els éssers humans naixen lliures i iguals en dignitat i drets (...)". Art. 1 de la Declaració Universal dels DD HH
C/. Pascual Blasco, 1 03001 ALACANT. Tels. 900 21 09 70 / 965 93 75 00. Fax 965 93 75 54
www.sindicdegreuges.gva.es
SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA
Ayuntamiento de Relleu
Sr. Alcalde-Presidente
C/ Ajuntament, 15
RELLEU - 03578 (Alicante)
Asunto: Disciplina urbanística
Sr. Alcalde-Presidente:
2. Que dichas denuncias han venido repitiéndose sin haber obtenido hasta la fecha respuesta expresa.
1. El departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento ha mantenido diversas reuniones con el denunciante, D. (...), y su abogado, asi como con el denunciado, D. (...), de las que no hay constancia por escrito aunque si que tuvieron lugar en la Casa
2. Existe en estas dependencias informe favorable por parte de los servicios técnicos de la legalización de la vivienda denunciada, a falta de la tramitación administrativa correspondiente.
3. Consta en estas dependencias escrito del denunciado, D. (...), donde, a su vez, denuncia también a D. (...) por supuestas irregularidades en cuestiones de linderos y la ejecución de obras en vivienda de su propiedad y garaje.
4. El Ayuntamiento ha intentado mediar entre los dos linderos para que solucionen sus desavenencias sin llegar a la via judicial.
5. De todo esto se desprende que estamos ante una disputa entre vecinos por iversos asuntos en los cuales el Ayuntamiento no tiene competencias para:
- Por ultimo señalar que, al margen de cual fuera la titularidad de dicho bien, la Ley urbanística Valencia, Ley 16/2005, de 30 de diciembre, (en adelante, LUV) dispone en su artículo 191, apartado a) que: “Están sujetos a licencia urbanística, en los términos de la presente Ley y sin perjuicio de las demás autorizaciones que sean procedentes con arreglo a la legislación urbanística y sectorial aplicable, todos los actos de uso, transformación y edificación del suelo, subsuelo y vuelo, y en particular los siguientes: (..) Las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de nueva planta”.
Por otra parte, el art. 224 de la LUV prescribe que “siempre que no hubieren transcurrido más de cuatro años desde la total terminación de las obras o usos del suelo realizados sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en la misma, el Alcalde requerirá al propietario para que, en el plazo de dos meses, solicite la oportuna autorización urbanística o ajuste las obras a las condiciones de la licencia otorgada.”
1.- Que extreme al máximo los deberes legales que se derivan de los artículos 42 y siguientes de Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con base a los mismos resuelva expresamente y en plazo las solicitudes y reclamaciones formuladas por el promotor de la queja.
2.- Que inicie el correspondiente expediente de investigación en aras a determinar la titularidad pública o privada de los bienes públicos denunciados como invadidos o usurpados por el promotor de la queja.
3.- Que, en situaciones como la analizada, extreme, así mismo, el cumplimiento de los deberes legales que se derivan de la Ley LUV y del ROGTU y, en su consecuencia, continúe con la tramitación de los expedientes de restauración de la legalidad urbanística, disponiendo la demolición de las obras ilegalizables y facilitando la máxima información posible al autor de la queja.
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